sábado, 16 de octubre de 2010

Aportes desarrollados por la Lic. Susana Aselle y el Ing Miguel Ferreras

 
Texto actual analizado:

ARTICULO 4.- Fines de la Educación
La educación en la Provincia de Córdoba, de acuerdo con los principios y valores de su Constitución, se dirigirá al cumplimiento de los siguientes fines:
a) El desarrollo integral, armonioso y permanente de los alumnos orientado hacia su realización personal y su trascendencia en lo cultural, lo social, lo histórico y lo religioso, según sus propias opciones.
.....
......
j) Brindar conocimientos y promover valores que fortalezcan la formación integral de una
sexualidad responsable
k) Brindar una formación que promueva el derecho a la vida y su preservación.
l) Desarrollar las capacidades de las personas para prevenir adicciones y el uso indebido de
drogas, la formación corporal, motriz y deportiva, la educación vial y el cuidado del medio
ambiente.

Texto propuesto:
.....
Opción 1:
a) El desarrollo integral, armonioso y permanente de los alumnos orientado hacia su realización personal y su trascendencia en lo cultural, lo social, lo histórico según sus propias opciones y convicciones.
Opción 2:
a) El desarrollo integral, armonioso y permanente de los alumnos orientado hacia su realización personal y su trascendencia en lo cultural, lo social, lo histórico , lo religioso ó lo agnóstico, según sus propias opciones y convicciones.

Breve argumentación:
El texto del anteproyecto es inaceptable para una visión laica de la educación. La formación, realización y trascendencia en lo religioso o en lo agnóstico corresponde al ámbito privado y no al público. Es aceptable en la gestión privada confesional de la educación, pero no en la finalidad general de la educación pública.
En general pareciera que el texto del anteproyecto elaborado supone que no profesar una religión es una ausencia, por lo que esa persona o grupo social está incompleto. Nótese que no se menciona la otra opción en materia de creencia (que una persona o grupo puede adoptar libremente): la no creencia en un Dios, o la creencia en él, pero rechazando la posibilidad de acceder al conocimiento de su plan o voluntad, o a ordenar su vida o la sociedad de acuerdo a esa voluntad Divina. De hecho esta opción ha sido elegida y sigue siéndolo en muchos casos en la historia humana. A esta segunda posibilidad de opción en materia de creencia, la podemos llamar ateísmo o agnosticismo, pero no ignorarla o discriminarla como si no existiera o fuera un "pecado" o una falta profesar esa creencia. Por eso es conveniente eliminar la alusión a las creencias o incredulidades religiosas, dejándolas circunscriptas al ámbito privado.
Dejar el texto actual supondría la necesidad de realizar acciones educativas para que todos los alumnos se realizaran y trascendieran a través de la religión. Se podría interpretar casi como la imposición de la enseñanza de alguna religión y el desconocimiento de largos procesos de discusión sobre el tema. Además, en los hechos significaría la discriminación de las religiones con menor poder económico de acción para llegar a su fieles, por lo que terminaría reduciéndose a la educación en tres o cuatro religiones.

Texto actual:
k) Brindar una formación que promueva el derecho a la vida y su preservación.

Texto propuesto:
....
k) Brindar una formación que promueva el derecho a la vida y su preservación, reconociendo la compleja diversidad de modos con que se manifiesta e interactúa y los diversos modos de considerarla como tal.

Breve argumentación:
No queda claro cuál es la necesidad de incluir este inciso, si el derecho a la vida ya está reconocido ampliamente entre los derechos humanos vigentes en los regímenes democráticos, por lo que tal vez lo más aconsejable sería eliminar este inciso. Un país que acaba de salir de un brutal genocidio y de la injustificable guerra de Malvinas, luchando para lograr la democracia que ha conquistado, no hay duda que ha revalorado lo que significa el derecho a la vida. No obstante se podría hacer una ampliación de esta idea con la modificación propuesta, pensando en algunos desafíos de este siglo XXI, siguiendo el argumento que a continuación se expone. Los seres humanos somos responsables de la desaparición de especies animales y vegetales a un ritmo creciente y alarmante, a tal punto que ese ritmo de desaparición, forzada por la actividad humana, está llegando a límites en los que puede poner en riesgo la actual modalidad de supervivencia humana o aún provocar la desaparición de la vida humana. Los seres humanos somos la única especie viva que ha desarrollado numerosas formas de destrucción, con potencialidad suficiente para eliminar toda forma de vida en el planeta. Por otra parte, la intervención a nivel genético y las mutaciones genéticas provocadas en animales y plantas, que se están produciendo artificialmente , llegan hasta la eliminación del ciclo natural de reproducción de la vida vegetal, para obligar a la compra de semillas genéticamente alteradas, lo cual reconoce riesgos ambientales y sociales nunca vistos. La codicia y la desmedida ambición de acumulación de riqueza y poder que evidencian actualmente muchos actores sociales, pueden llevar a consecuencias catastróficas, si estos medios tecno - científicos no son adecuadamente controlados y regulados por los estados y por organizaciones interestatales de alcance mundial Por esto tal vez se podría entender la presencia de un item como este, con la nueva redacción propuesta y las posibles mejoras que ameritaría para clarificar mejor el sentido expuesto.
Indudablemente se debería eliminar del alcance de este ítem el problema de la modalidad normativa con que se aborda el aborto intencional humano, dada la complejidad ética, cultural, religiosa, social, legal y política de este tema, que no podría quedar constreñido o regido dogmáticamente por una ley de educación. Además las consideraciones antes realizadas en relación a la actual problemática de conservación de la biodiversidad y de nuestra historia reciente, ponen en su justo punto ético, al problema que constituye la consideración normativa del aborto intencional humano. El ítem que promueve "la formación integral de una sexualidad responsable" puede aportar en un sentido no dogmático a algunos aspectos vinculados al problema de la normatividad del aborto intencional, para lo cual se requeriría un mayor desagregado de este ítem a nivel de enseñanza secundaria y terciaria.

Texto actual:
.....
l) Desarrollar las capacidades de las personas para prevenir adicciones y el uso indebido de drogas, la formación corporal, motriz y deportiva, la educación vial y el cuidado del medio ambiente.

Observaciones al texto:
No es fácil proponer un texto alternativo dado que no queda claro su pertinencia como finalidad de la educación ni su intencionalidad. Lo más aconsejable sería eliminarlo por estar contemplado en las finalidades generales.

Pareciera que este item referiría a algunos de los problemas numéricamente más relevantes de afectación de la calidad de vida, o de la vida misma, de nuestros adolescentes y jóvenes y de la sociedad en general, pero sus criterios de selección no parecen muy claros. Por ejemplo no quedaría claro porque no incluir también "capacidades de las personas para prevenir el uso abusivo de la autoridad, de la fuerza o del poder" que tanto afecta a nuestros adolescentes y jóvenes. No hay duda que los accidentes viales son una de las principales causas de muerte en nuestro país, especialmente de los jóvenes, pero atribuirla sólo a la falta de educación sería una error imperdonable, sobre todo desde el punto de vista educativo. Los especialistas reconocen que la educación vial no producirá efectos relevantes si no se actualiza la infraestructura y las reglamentaciones, adecuándolas a la situación de la virtual desaparición del ferrocarril, el desarrollo económico y el aumento explosivo del parque automotor y de la velocidad con que estos pueden circular, aún con grandes cargas. No hay duda que debe ser un contenido educativo ¿pero se justifica darle el carácter de finalidad de la educación, aunque sea como "desarrollo de la capacidad para"?.
Se debiera consultar con los especialistas en cada una de las áreas que se mencionan en este ítem, sobre todo en educación física, donde no parecieran reflejarse los saberes del campo que hoy se están proponiendo en los NAP nacionales.En todo caso ¿Por que no hablar también de expresión corporal?, ¿por qué no hablar de recreación y de deporte no competitivo y no comercial?. ¿qué se entendería por "formación corporal, motriz y deportiva"?; ¿en estos términos se entiende en nuestros días la educación física? ; ¿no entraría en esta área algunos aspectos del conocimiento y manejo del propio cuerpo, como modo de relación y comunicación con los demás?. ¿Por qué esto último ha de ser una finalidad y no sólo uno de tantos contenidos?.¿Acaso las actividades deportivas no están también atravesados por la droga y la comercialización abusiva y denigrante?.

No hay comentarios:

Publicar un comentario